México, D.F., 28 de agosto (apro).- Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió los 375 juicios de inconformidad, interpuestos por la coalición Por el Bien de Todos y el Partido Acción Nacional, y acordó una “anulación mínima” de casillas que no altera la correlación en favor de Felipe Calderón, frente a Andrés Manuel López Obrador.Proceso | Reduce el TEPJF en 5 mil votos ventaja de Calderón frente a AMLO | Llama AMLO a desconocer a Calderón como presidente
Al realizarse un ajuste de los cómputos, las cifras preliminares revelan que el PAN perdió 81,080 votos, la coalición Por el Bien de Todos 76,897 y la Alianza por México 63,114, con lo cual, la diferencia entre el cómputo en favor de Calderón Hinojosa sólo se reduce en menos de 5 mil votos.
Tras esta sesión, todavía falta el cómputo final, la calificación de las elecciones en las que se analizarán los resultados durante la sesión realizada este lunes, los magistrados electorales insistieron en que la mayoría de las causales argumentadas por la coalición Por el Bien de Todos para anular las casillas eran “inatendibles” o “infundadas” porque no se acreditaron los hechos indispensables o porque no afectan el resultado de la votación ni fueron determinantes para el cómputo.
De diez causales de anulación, sólo acreditaron como atendible aquella en donde hubiera mediado error o dolo en el cómputo de las casillas. “Si no hubiere coincidencia entre el número de personas de la lista nominal, esto se considera irregularidad grave y queda evidenciado que en las urnas se encontraron más votos y que alguien los incorporó de manera irregular”, subrayó el secretario del Tribunal, Flavio Galván durante la exposición de la cuenta.
La resolución, apoyada por los siete magistrados de la Sala Superior, acordó como “infundados” los casos en donde no existió el error en el cómputo de las casillas o donde existe error, pero no fue determinante y sólo consideraron “fundados” los casos donde hubo error y es determinante para el cómputo de cada casilla.
Durante su intervención, el magistrado presidente del TEPJF, Leonel Castillo González, explicó que los criterios adoptados para la resolución de los juicios ya se han aplicado, en favor o en contra de todos los partidos políticos, durante los diez años de trabajo de la institución.
Al defender los diez años de vigencia del sistema de medios de impugnación, Castillo González afirmó: “Entiendo que una ley nueva pueda generar incertidumbre, respecto al criterio del juzgador, pero una ley con diez años que ha venido rescatando criterios uniformes y constantes del órgano jurisdiccional no puede generar de modo alguno, cuando menos, de manera fundada, sospechas de criterios ad hoc.
Castillo explicó que muchas de las pretensiones de la coalición Por el Bien de Todos se están desestimando “por la falta de invocación de hechos”, y que el concepto de irregularidades es un “calificativo” pero se requieren “hechos para comprobar si es está acreditado o no como irregularidad”.
Junto con el magistrado Mauro Miguel Reyes Zapata, el presidente del Tribunal, Castillo González, recordó que “hay reglas que los jueces no pueden remontar”; y le recordó a la coalición que no presentó los hechos que acreditaran las irregularidades múltiples.
“Sólo se ha dicho: existen irregularidades múltiples en una gran cantidad de casillas, de tal o cual distrito. Decir la ‘gran cantidad’ no basta. La ley dice claramente que deben precisarse los elementos de identificación de la casilla que se quiera impugnar, deben señalarse hechos concretos para cada casilla”, argumentó.
En su turno, Reyes Zapata, identificado junto con Castillo como uno de los magistrados más proclives a la causa de la coalición Por el Bien de Todos, acabó reprochándole a ésta que en la mayoría de las impugnaciones en las casillas “se hizo una demanda de machote que fueron llenadas por los distintos representantes en los diferentes distritos. En algunos, llenaron esos machotes, en las que hablaron de irregularidades, y en otros se ve que como les llegó el machote, lo entregaron”.
“Con esta particularidad –abundó Reyes Zapata-- no están expuestos determinados hechos”. Al referirse a la etapa del recuento parcial de los votos, el magistrado indicó que se volvió a advertir una circunstancia similar: “Se expusieron aspectos bastante generales, no se hizo una relación entre la irregularidad concreta, con relación a determinado paquete, relacionándolo con una cierta y determinada prueba”.
Al argumentar la imposibilidad de trasvolar las irregularidades detectadas en algunas casillas con todas las 130 mil que operaron el día de la elección, el magistrado José de Jesús Orozco Henríquez subrayó que los errores o irregularidades de algunas no pueden trasladarse automáticamente a lo ocurrido en otras, sino que cada una debe analizarse en sus méritos.
En clara referencia a las protestas políticas de la coalición Por el Bien de Todos, Orozco Henríquez advirtió que “las demandas políticas, por muy legítimas que sean, deben traducirse en medios de impugnación jurídicos”. Para él, esa es “la esencia de la judicialización de la política electoral” que se acordó a raíz de la reforma electoral de 1996, que sustituyó la calificación electoral mediante el Congreso.